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ORDEN FORAL 177/2011, DE 20 DE MAYO, DE LA CONSEJERA DE ASUNTOS SOCIALES, FAMILIA, JUVENTUD Y DEPORTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL II PLAN DIRECTOR DE LA COOPERACIÓN NAVARRA 2011-2014

BON 16/06/2011



Preámbulo

La Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente atribuye, en su artículo 7.1 , al Gobierno de Navarra, la facultad de definir y establecer la política general de la Comunidad Foral de Navarra.

A su vez, a Ley Foral 5/2001, de 9 de marzo, de Cooperación al Desarrollo, establece los principios rectores, los objetivos y medios de la Cooperación al Desarrollo en Navarra . Así señala en su artículo 1.º que la Comunidad Foral de Navarra asume la responsabilidad de cooperar con otros países para propiciar su desarrollo integral, contribuir a la mejora de las condiciones de vida de sus habitantes y aliviar y corregir las situaciones de pobreza, propiciando un desarrollo humano solidario y estable, que incluya mayores cuotas de libertad y un reparto más justo de los frutos del crecimiento económico.

Para hacer operativa esta expresión solidaria, el mencionado texto legal establece un sistema de planificacion de la Cooperación Navarra. Así, en su artículo 8.º se indica que el Gobierno de Navarra establecerá cada cuatro años las líneas generales y directrices básicas de su política de cooperación al desarrollo, así como la concreción de los objetivos y prioridades para la misma. Lo que queda complementado con lo dispuesto en el artículo 17 que señala que el Gobierno de Navarra aprobará Planes Directores plurianuales que definirán dentro de las normas establecidas en esta Ley Foral, las prioridades y objetivos de las acciones de cooperación al desarrollo.

Para la elaboración del Plan Director se han utilizado las herramientas de la planificación estratégica y ha incorporado el acervo actual de la cooperación internacional al desarrollo recogido en la Declaración del Milenio de Naciones Unidas (2000), la Declaración de París sobre eficacia de la ayuda (2005) y la Agenda de Acción de Accra (2008) ambas de la OCDE, el documento de Coherencia con las políticas a favor del desarrollo (2005), el Consenso Europeo sobre el Desarrollo (2006) y el Código de conducta de la UE relativo a la división del trabajo en el ámbito de la política de desarrollo (2007) todos ellos de la Comisión Europea.

El Plan se articula en siete capítulos, además de su Introducción y diversos Anexos, en el mismo se aborda el contexto internacional de crisis y sus efectos y oportunidades, efectúa un diagnóstico tanto cuantitativo como cualitativo de nuestra Cooperación, se señalan aquellos principios y valores que sustentan la actuación del Gobierno de Navarra y otros agentes involucrados en la cooperación de la Comunidad Foral, se establece el Objetivo general y los ejes o ambitos prioritarios de actuación del Gobierno de Navarra en materia de Cooperación para los próximos cuatro años, se señalan los agentes protagonistas de la cooperación y se plantea diferentes objetivos estratégicos para la participación de cada uno de ellos, así como el sistema de evaluación y el marco de resultados básico del mismo.

Finalizado el periodo de participación, el anteproyecto fue sometido a su dictamen ante el Consejo Navarro de Cooperación al Desarrollo, en sesión de 9 de febrero de 2011; siendo positivo el mismo. Asimismo se ha dado traslado al Departamento de Economía y Hacienda para su informe, siendo igualmente positivo.

Una vez finalizado el proyecto del II Plan Director de la Cooperación Navarra 2011-2014, el Gobierno de Navarra, en su sesión celebrada el 9 de mayo de 2011, adoptó un Acuerdo por el que se da por enterado de dicho Plan, correspondiendo posteriormente al Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte la aprobación del mismo.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre , del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre , por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ordeno:

1.º Aprobar el II Plan Director de la Cooperación Navarra 2011-2014.

2.º Trasladar esta Orden Foral y el II Plan Director de la Cooperación Navarra 2011-2014, a la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a los efectos oportunos.

3.º Remitir la presente Orden Foral y el II Plan Director de la Cooperación Navarra 2011-2014, al Parlamento de Navarra, a través del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, al objeto de su conocimiento por dicha Institución Foral.

4.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, y el II Plan Director de la Cooperación Navarra 2011-2014, en la página web del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte del Gobierno de Navarra (www.cfnavarra.es/asuntossociales), a los efectos oportunos.

Gobierno de Navarra

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